La Corte Constitucional ha declarado inconstitucionales varias disposiciones del Decreto Ley 1961 de 2023, que permitían al Instituto Nacional de Vías Regionales (INVIR) contratar directamente con comunidades y organizaciones sociales sin límite de cuantía. Este fallo se produjo tras la acumulación de tres demandas, una de las cuales fue presentada por la Fundación para el Estado de Derecho.
El Decreto Ley, expedido por el Gobierno Nacional, fue parte de una estrategia para agilizar la contratación de proyectos de infraestructura vial regional. Sin embargo, la Corte consideró que el presidente de la República excedió sus facultades extraordinarias, las cuales fueron otorgadas por el Congreso en la Ley 2294 de 2023. Las disposiciones del decreto vulneraban principios fundamentales de la contratación pública, como la transparencia, igualdad y selección objetiva, establecidos en la Constitución Nacional.
En su decisión, la Corte señaló que el mandatario carecía de competencia para modificar el régimen general de contratación estatal, lo que ponía en riesgo la integridad de los procesos contractuales. Además, la Corte destacó la importancia de respetar los límites constitucionales al otorgar facultades extraordinarias al Ejecutivo, recordando que los procesos de contratación pública deben garantizar igualdad de condiciones para todos los participantes.
Luis Guillermo Vélez, presidente de la Fundación para el Estado de Derecho, expresó su satisfacción con la sentencia, señalando que este fallo fortalece los mecanismos de control sobre la asignación de recursos públicos. “Es crucial que las organizaciones sociales sean parte del sistema de compras públicas, pero bajo estándares de legalidad y transparencia“, afirmó.
Con esta decisión, el INVIR deberá modificar su régimen de contratación y someterse a los procesos de licitación pública, cumpliendo con los estándares de transparencia y legalidad que rigen la gestión de los proyectos de infraestructura vial del país. Este cambio podría retrasar la ejecución de proyectos, pero refuerza el respeto a los principios constitucionales en los procesos de contratación.