Procuraduría podrá sancionar a funcionarios de elección popular, pero con revisión del Consejo de Estado

El Consejo de Estado habilita a la Procuraduría para sancionar a funcionarios electos, con revisión obligatoria en casos de destitución e inhabilidad.

lenguaensalsa

diciembre 3, 2024

En un fallo trascendental, la Sala Plena del Consejo de Estado determina que la Procuraduría General de la Nación tiene la facultad de sancionar a funcionarios de elección popular como alcaldes, gobernadores, concejales y congresistas. Sin embargo, cualquier decisión que implique destitución, suspensión o inhabilidad será revisada automáticamente por el Consejo de Estado.

La decisión responde a las críticas y retos legales surgidos desde el caso “Petro Urrego vs. Colombia” , en el que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) cuestionó el papel de la Procuraduría en sanciones a funcionarios electos. Gustavo Petro , quien enfrentó sanciones de este tipo como alcalde de Bogotá, ha sido un opositor de estas competencias.

“Este fallo es una medida transitoria mientras el Congreso define las normas que regularán de manera definitiva el papel de la Procuraduría en este ámbito”, señaló el magistrado Milton Fernando Chaves , presidente del Consejo de Estado. La decisión se basa en la sentencia C-030 de 2023 de la Corte Constitucional, que precisó las condiciones para el recurso extraordinario de revisión en estos casos.

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