La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) condenó al Estado colombiano por no garantizar el derecho a recurrir la sentencia condenatoria del exministro de Comunicaciones, Saulo Arboleda Gómez, quien fue condenado en única instancia en 2000 por el delito de interés ilícito en la celebración de contratos. El tribunal demostró que se vulneraron los derechos consagrados en la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
Arboleda, quien ocupó el cargo durante el gobierno de Ernesto Samper, fue señalado por presuntas irregularidades en la adjudicación de una emisora FM, tras la publicación de una grabación que generó un gran interés público. Según la Corte Suprema de Justicia de Colombia, la Constitución de entonces obligaba a juzgarlo en un fuero especial, decisión que resultó en una condena sin posibilidad de apelación.
La defensa del exministro interpuso varias acciones legales sin éxito , incluyendo una tutela y cinco recursos. La Corte IDH concluyó que Colombia incumplió su obligación de garantizar mecanismos adecuados de protección judicial, violando el artículo 25.1 de la Convención Americana.
En su sentencia, el tribunal destacó que el Estado ha tomado medidas posteriores para mejorar el acceso a la justicia en casos similares, pero subrayó que, en el momento de los hechos, las garantías legales eran insuficientes . Ahora, el Estado colombiano deberá adoptar medidas de reparación y asegurar que Arboleda pueda recurrir al fallo condenatorio.
Este caso es un recordatorio sobre las responsabilidades internacionales de los Estados para garantizar los derechos fundamentales, especialmente en procesos judiciales que involucran a altos funcionarios públicos.