La Superintendencia de Industria y Comercio formuló cargos contra siete compradores de arroz paddy verde por presuntamente adquirir el producto por debajo de los precios mínimos establecidos por el Gobierno. Entre las empresas investigadas aparece Coproarroz del Llano S.A.S.
La Superintendencia de Industria y Comercio, SIC, abrió una investigación administrativa contra siete compradores del sector arrocero por presuntos incumplimientos del régimen de precio mínimo para la compra de arroz paddy verde.
La actuación tiene especial interés para el Meta y la región de los Llanos, debido a que entre las empresas señaladas aparece Coproarroz del Llano S.A.S. Además, la regulación contempla precios diferenciados para zonas productoras que incluyen municipios como Villavicencio, Acacías, San Martín, Granada y Puerto López.
La investigación corresponde a compras realizadas entre el primero de agosto y el 31 de diciembre de 2025. La SIC indicó que se trata de las primeras formulaciones de cargos relacionadas con el presunto incumplimiento del esquema de libertad regulada establecido para el arroz paddy verde.
¿QUÉ INVESTIGA LA SIC?
El punto central de la actuación es determinar si los compradores investigados habrían adquirido arroz paddy verde a precios inferiores a los mínimos establecidos para las respectivas zonas productoras.
La regulación funciona como un piso de protección para los productores. Esto significa que, en las operaciones sometidas al régimen, el comprador no puede pagar menos del precio mínimo fijado para la zona correspondiente, aunque las partes sí pueden acordar un valor superior.
La medida fue establecida mediante la Resolución 241 de 2025 del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, en un contexto marcado por las dificultades de los productores para cubrir sus costos y por las diferencias en el poder de negociación dentro de la cadena arrocera. La documentación de la SIC también registra diferencias de precios de compra según las regiones.
LOS SIETE COMPRADORES INVESTIGADOS
Los actos administrativos de formulación de cargos fueron notificados a las siguientes empresas:
Agroindustria Sismar S.A.S.
Agrointegral Andina S.A.S.
Arrocera Don Llano.
Arrocera Formosa S.A.S.
Coproarroz del Llano S.A.S.
Estación Agrícola S.A.S.
Villarrozz S.A.
La formulación de cargos no significa que estas empresas hayan sido declaradas responsables. La investigación administrativa deberá avanzar y los involucrados tendrán la posibilidad de ejercer su derecho de defensa antes de que la autoridad adopte una decisión definitiva.
EL META, EN EL CENTRO DE LA DISCUSIÓN
El caso tiene una particular relevancia para el Meta porque la región de los Llanos es una de las cinco zonas productivas contempladas dentro del esquema de regulación del precio mínimo del arroz paddy verde.
La documentación de la SIC establece, además, zonas específicas de compra que incluyen municipios del departamento del Meta como Villavicencio, Acacías, San Martín, Granada y Puerto López.
Esto significa que el proceso puede tener repercusiones para productores arroceros de la región, dependiendo de lo que determine finalmente la investigación sobre las operaciones cuestionadas.
La discusión de fondo está relacionada con cuánto recibe el agricultor por su cosecha y si los compradores están respetando el piso establecido por el Gobierno para proteger los ingresos de los productores.
¿POR QUÉ SE ESTABLECIÓ UN PRECIO MÍNIMO?
La regulación surgió en medio de problemas estructurales en el mercado del arroz paddy verde, entre ellos la concentración de compradores frente al número de productores, las dificultades para negociar precios y las diferencias entre el comportamiento del precio del arroz blanco y el del producto vendido directamente por los agricultores.
Documentos de la SIC señalan también que entre los factores considerados por el regulador estuvieron las denuncias reiteradas de pagos por debajo de los costos de producción y problemas de transparencia en las facturas de compra.
En este escenario, el precio mínimo busca establecer un límite por debajo del cual no debería realizarse la compra sometida al régimen.
¿QUÉ SIGUE PARA LAS EMPRESAS?
La formulación de cargos es el inicio de una actuación administrativa y no una decisión definitiva sobre la responsabilidad de las empresas.
Ahora corresponde que los investigados ejerzan su derecho de defensa y presenten las explicaciones y pruebas que consideren pertinentes.
La SIC deberá posteriormente establecer si efectivamente existieron incumplimientos de la regulación y, de ser así, determinar las consecuencias correspondientes.
Para los productores arroceros del Meta y los Llanos, el resultado de este proceso será relevante porque permitirá conocer cómo está funcionando en la práctica el nuevo esquema de precios mínimos y si el mecanismo está cumpliendo su objetivo de proteger los ingresos de quienes producen el arroz.










